Las resoluciones de las incapacidades llevan incorporadas un epígrafe que indica la fecha de la próxima revisión, según tenga establecido el INSS la previsión de la mejoría de la salud.
El propio incapacitado puede solicitar la revisión de grado por los siguientes motivos:
- Agravamiento del grado de incapacidad
- Mejoría del grado de incapacidad
- Error de diagnóstico
- Realización de trabajos por cuenta propia o ajena del pensionista.
La ley general de la Seguridad Social establece que podrá realizar la revisión de oficio del grado de incapacidad en casos de agravación o mejoría del estado invalidante, e incluso por error de diagnóstico.
Si la resolución inicial fija un plazo de revisión igual e inferior a dos años, el trabajador tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo durante dos años, a contar desde la fecha de la resolución.
El plazo fijado para la revisión del grado de incapacidad no podrá omitirse ni acortarse salvo en casos excepcionales:
.-Realización de la actividad laboral por parte del pensionista por cuenta propia o cuenta ajena
.-Por error de diagnóstico, en cuyo caso, se podrá solicitar la revisión en cualquier momento, siempre y cuando el pensionista no haya alcanzado la edad establecida para acceder a la pensión por jubilación.
.-Si aparecen nuevas dolencias.
Para evitar sorpresas desagradables puesto que una revisión de grado puede comportar reducir el grado de la incapacidad, es fundamental contar con un buen informe pericial bien documentado con el profesiograma y la valoración de la capacidad laboral. En una reciente sentencia a favor de nuestro cliente, el Juez manifestaba que otorgaba mayor credibilidad al informe pericial del perito de parte (Dr. Mora) «por haber tenido en cuenta la incidencia de las secuelas en la capacidad laboral del paciente en relación al desarrollo de las funciones inherentes a su categoría profesional , así como su incidencia en cualquier tipo de trabajo o profesión.»
En Peritomedico realizamos las valoraciones para aportar al INSS información sobre el grado de incapacidad del cliente y su agravación.
Nuestro equipo de Peritomedico, compuesto por especialistas en valoración de lesiones e incapacidades, con amplia experiencia en los tribunales, está a su disposición para ayudarle en todo el proceso de valoración documental, exploración y realización del informe pericial médico para posteriormente solicitar a la compañía contraria la indemnización correspondiente por las lesiones. En caso de discrepancia con la compañía contraria, disponemos de un equipo jurídico que presentará la demanda civil correspondiente para hacer respetar sus derechos y recibir la compensación correspondiente.
Llámanos sin compromiso al 652 986 866 rellene el siguiente formulario o póngase en contacto via email a [email protected]
Acerca de Perito Médico
Perito Médico dirigido por el Dr. Eduardo Mora Diez cuenta con una experiencia de más de 35 años, realizando informes periciales y asesoramiento profesional médico legal y forense, convirtiendo su vocación médica y su pasión jurídica en su profesión.
Usted es lo más importante y es el centro de nuestras actuaciones en medicina legal, civil y penal. Le ayudaremos y le asesoraremos en todos aquellos temas en que tengan dudas y les acompañaremos a lo largo de todo el proceso.Llámanos sin compromiso al 652 986 866 rellene el siguiente formulario o póngase en contacto via email a [email protected]
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