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as minusvalías se pueden definir como aquellos defectos físicos o mentales de las personas que afectan a cualquier edad , ya sean congénitos o adquiridos a lo largo de la vida, que le dificulta o le imposibilita un desarrollo normal de su actividad, ya sea laboral como de la vida.
Se distinguen diferentes tipos de minusvalía por sus características:
- Minusvalías físicas sean por alteraciones del aparato locomotoras (neurológicas, musculares, etc) o fisiológicas como desviaciones de los ejes de la columna vertebral (cifo-escoliosis).
- Minusvalías psíquicas como las deficiencias intelectuales, las afectaciones del desarrollo y la dificultad de aprendizaje.
- Minusvalías sensoriales ya sean por alteraciones visuales o auditivas, con diferentes hipoacúsias y sorderas adquiridas en el trabajo o fuera del mismo otras minusvalías según el baremo y el reconocimiento médico efectuado.
Muchas enfermedades habituales y accidentes de tráfico pueden provocar algún grado de minusvalía o discapacidad que deben ser evaluadas y calificadas. La calificación del grado de minusvalía constituye una facultad única de los equipos competentes para llevarlas a cabo encabezados por un médico especialista en valoraciones, estableciendo diferentes grados de minusvalía en función de los baremos determinantes de la valoración de la normativa vigente el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, y el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. La interpretación de esta normativa y sus baremos es compleja, por ello es necesaria la colaboración de los médicos especialistas en valoración de lesiones e incapacidades donde además de realizar una valoración inicial, le asesoraran de cómo y donde solicitar la valoración facultativa del reconocimiento de minusvalía/discapacidad.
Se debe alcanzar un porcentaje del 33% para que sea posible declarar la minusvalía. Existe un tipo de situación especial, que podría denominarse minusvalía cualificada, siempre que exista dependencia y necesidad de la ayuda de otra persona, y que la persona interesada padezca una minusvalía o enfermedad crónica en grado igual o superior al 75%.
El reconocimiento de un porcentaje de discapacidad aporta unos beneficios sociales importantes en prestaciones económicas no contributivas, beneficios fiscales en impuestos estatales, en los Ayuntamientos (tarjetas de estacionamientos, compra viviendas, ayudas públicas, bonotaxi, otras ayudas)
Nuestro equipo de Peritomedico, compuesto por especialistas en valoración de lesiones e incapacidades, con amplia experiencia en los tribunales, está a su disposición para ayudarle en todo el proceso de valoración documental, exploración y realización del informe pericial médico para posteriormente solicitar la calificación de minusvalía o discapacidad. Importante es señalar que el «grado de discapacidad» es el resultado de adicionar al porcentaje del «grado de las limitaciones en la actividad» obtenido en la valoración de cada una de las limitaciones por aparatos y sistemas valorados por el perito médico (es decir, a través de la aplicación de los baremos del anexo I, apartado A).