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Accidente de tráfico de baja intensidad o leves

peritomedico 21 julio, 2020

Si necesitas informes médicos y no sabes cómo proceder, en este artículo encontrarás la información que te va a ayudar. Los informes médicos son la base fundamental a la hora de conseguir una indemnización por accidentes de tráfico

.

¿Qué son los accidentes de tráfico de baja intensidad?

1. Son los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base a
la manifestación del lesionado sin posibilidad de demostrarse con pruebas
de exploración o pruebas complementarias
2. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor, se indemniza
como días de baja temporal, sólo si un informe médico concluyente
acredita su relación causal
3. En relación con este tipo de accidentes hay que tener en cuenta el artículo
135 de la Ley de 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema
para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas
en accidentes de circulación, que reza así:
“Indemnización por traumatismos menores de la columna vertebral.
4. Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la
manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son
susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias,
se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del
hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de
causalidad genérica siguientes:

a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique
totalmente la patología.
b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo
médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos
de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las
setenta y dos horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido
objeto de atención médica en este plazo.

c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal
afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación
patogénica justifique lo contrario.
d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el
mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y
las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.
5. La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza sólo
si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de
lesión temporal.
6. Los criterios previstos en los apartados anteriores se aplicarán a los demás
traumatismos menores de la columna vertebral referidos en el baremo médico
de secuelas.”
7. A la hora de llegar a juicio, es muy importante para defender nuestra
pretensión de conseguir una indemnización por sufrir un accidente de estas
características el contar con una precisa prueba pericial, testifical y
documental para convencer al Juez.

Estos accidentes denominados leves, se caracterizan porque provocan más daño a la persona que al vehículo por lo tanto pueden ir acompañados de daños materiales en los vehículos o no. En cualquier caso, me estoy refiriendo a los accidentes que causan daños personales leves y que requieran una valoración pericial médica para poder demostrar.

Ciertamente en el año 2019 se ha incrementado de manera especial este tipo
de accidentes y es frecuente ver en los juzgados informes de estudios de
biomecánica física de la accidentalidad de los vehículos aportados por
ingenieros de las Mutuas de accidentes y tratan de discernir, que no demostrar,
que la velocidad leve de colisión entre dos o más vehículos, no ha comportado
ningún tipo de lesión cervical. Pero como médicos, vemos frecuentemente que
ésto no es así en todos los casos. Como bien decía la monografía de René
Caillet, dedicada al dolor cervical, y que correspondía a una edición española
(Barcelona, 1988), ya se hacía comprender que accidentes aparentemente
inofensivos pueden tener consecuencias nada desdeñables para los ocupantes
de automóviles.”

Por ello, en muestro centro Peritomedico  nos esforzamos y nos actualizamos permanente para poder cumplir los retos que constantemente
se nos vienen encima con las diferentes estrategias que las Mutuas realizan
par evitar pagar las indemnizaciones. Hoy en día, ir a juicio sin tener un perito
médico de parte y que pueda contrarrestar los informes técnicos de las Mutuas,
es un error que lo paga el propio cliente.

Si desea asesoramiento o información de nuestros servicios contacte al
teléfono 652 986 866.

Acerca de Perito Médico

Perito Médico dirigido por el Dr. Eduardo Mora Diez cuenta con una experiencia de más de 32 años, realizando informes periciales y asesoramiento profesional médico legal y forense, convirtiendo su vocación médica y su pasión jurídica en su profesión.
​
Usted es lo más importante y es el centro de nuestras actuaciones en medicina legal, civil y penal. Le ayudaremos y le asesoraremos en todos aquellos temas en que tengan dudas y les acompañaremos a lo largo de todo el proceso.¡Llámanos!

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