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Prestaciones económicas de la Seguridad Social

Dr. Eduardo Mora Diez 3 agosto, 2017
Las prestaciones económicas de la Seguridad Social por secuelas tratan de indemnizar o cubrir la perdida de rentas salariales o profesionales que sufren las personas en el caso de padecer cualquier tipo de agresión o lesión fortuita , del trabajo o no, ya sean calificadas como lesiones permanentes no invalidantes o, en el caso de las incapacidades, cuando éstas sean consecuencia de procesos patológicos o traumáticos derivados de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, en los que se vea reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

Clasificación-tipos de prestaciones por secuelas

Las prestaciones económicas por secuelas tratan de indemnizar o cubrir la perdida de rentas salariales o profesionales que sufren las personas en el caso de padecer lesiones permanentes no invalidantes o, en el caso de las incapacidades, cuando éstas sean consecuencia de procesos patológicos o traumáticos derivados de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, accidentes civiles no traumáticos, agresiones, etc en los que se vea reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.

Lesiones permanentes no invalidantes o baremos

Son aquellas secuelas, consecuencia de accidentes laborales o enfermedades profesionales, que suponen mermas o alteraciones de la integridad física de las personas trabajadoras, pero no influyen de forma significativa en su capacidad para realizar su trabajo habitual, y que aparecen recogidas en los baremos aprobados por la Orden ESS/66/2013, de 28 de enero.
Se indemnizan con cantidades a tanto alzado, que varían en función del número o números de los baremos que resulten de aplicación.
Si desea conocer si las secuelas que Ud. presenta son valorables con una indemnización pinche aquí debe contactar con nuestro centro para establecer el cálculo con las tabas del baremo.
El reconocimiento de estas indemnizaciones es incompatible con el reconocimiento de cualquier grado de incapacidad.

Incapacidad permanente y parcial

Se califican con este grado todas aquellas lesiones residuales derivadas de contingencias profesionales ( como mínimo alcanzar una disminución del 50% de su rendimiento) que ocasionan a las personas trabajadoras disminuciones no inferiores al 33% en su rendimiento normal para el desempeño de su profesión habitual, pero les permite seguir realizando las tareas fundamentales de la misma.
Estas incapacidades se indemnizan con una cantidad a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal.

Incapacidad permanente y total

Cuando la entidad de las secuelas que sufren las personas trabajadoras les imposibilita para la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, pero pueden dedicarse a otras distintas, se les reconoce una incapacidad permanente y total.
Si tienen menos de 55 años o realizan trabajos remunerados, tienen derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 55% de su base reguladora anual.
La Seguridad Social pone a su disposición sus líneas telefónicas a través de las cuales podrá recibir información y realizar diferentes trámites sin necesidad de desplazamientos y con el compromiso de: No dejarle sin respuesta, facilitar la información y datos solicitados en plazos mínimos y confidencialidad.
Nuestro equipo de Peritomedico, compuesto por especialistas en valoración de lesiones e incapacidades, con amplia experiencia en  los tribunales, está a su disposición para ayudarle en todo el proceso de valoración documental, exploración y realización del informe pericial médico para posteriormente solicitar a la compañía contraria la indemnización correspondiente por las lesiones. En caso de discrepancia con la compañía contraria, disponemos de un equipo jurídico que presentará la demanda civil correspondiente para hacer respetar sus derechos y recibir la compensación correspondiente.

Llámanos sin compromiso al 652 986 866 rellene el siguiente formulario o póngase en contacto via email a [email protected]

Acerca de Perito Médico

Perito Médico dirigido por el Dr. Eduardo Mora Diez cuenta con una experiencia de más de 36 años, realizando informes periciales y asesoramiento profesional médico legal y forense, convirtiendo su vocación médica y su pasión jurídica en su profesión.
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