El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, publica periódicamente unos datos estadísticos sobre enfermedades profesionales que hace años los técnicos en salud laboral venimos expresando, que esas cifras están lejos de la realidad. ¿Porqué afirmamos taxativamente esto?
Simplemente porque los que hemos trabajado durante treinta años en una Mutua de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (ahora Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social), constatamos como las diferentes enfermedades profesionales diagnosticadas, son sistemáticamente rechazadas por las empresas (por las inspecciones y posibles sanciones que se deriven) en connivencia con la Mutuas que temen quedarse sin la empresa o grupos de empresas asociadas. Simplemente no hay interés en que afloren las enfermedades profesionales, ni interés en la Prevención de riesgos que podrían estudiar estas enfermedades y evitar la persistencia de las mismas.
Otro aspecto que manifiesta esa infradeclaración de enfermedades profesionales es ver las propias estadísticas del Ministerio donde se puede observar que las diferentes normas y campañas y las actuaciones de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social implicadas en el tema inciden en el afloramiento de dichas enfermedades profesionales. Un ejemplo de esto es la tasa de evolución entre 1995 y el 2005 que simplemente se ha duplicado (fecha que entró en vigor la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) , pero que a partir de entonces ha ido bajando progresivamente hasta el 2007 llegando otra vez a los mínimos de declaración previos a la ley (coincidiendo con el traspaso del pago de dichas prestaciones de enfermedades profesionales desde la Seguridad Social a las Mutuas, por lo que resultó para las Mutuas mucho más caras las enfermedades profesionales que los accidentes laborales reduciéndose claramente la declaración de las primeras a favor de los accidentes.
Otro argumento que nos indica la infradeclaración son las diferentes sentencias de los Tribunales de lo Social que resuelven muchas demandas como enfermedad profesional y que ni las empresas ni las Mutuas han declarado por la vía habitual meses antes, no realizando ninguna medida de prevención en la empresa.
También si miramos el tipo de enfermedades profesionales declaradas observamos como la mayoría de estas son enfermedades simples, básicamente lesiones osteomusculares (túneles carpianos) y dermatitis por contacto, dejando sin aflorar importantes enfermedades profesionales como los cánceres profesionales y otras enfermedades crónicas.
Si usted cree que ha enfermado en o por su trabajo no lo dude, contacte gratuitamente con nosotros estudiaremos su caso y le ayudaremos en todo el proceso desde escribir a su Mutua para reclamar derechos, hasta reclamar a la Seguridad Social sobre las prestaciones indebidas. En caso necesario, podemos acudir a los tribunales para defender sus derechos laborales.
Nuestro equipo de Peritomedico, compuesto por especialistas en valoración de lesiones e incapacidades, con amplia experiencia en los tribunales, está a su disposición para ayudarle en todo el proceso de valoración documental, exploración y realización del informe pericial médico para posteriormente solicitar a la compañía contraria la indemnización correspondiente por las lesiones. En caso de discrepancia con la compañía contraria, disponemos de un equipo jurídico que presentará la demanda civil correspondiente para hacer respetar sus derechos y recibir la compensación correspondiente.
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